El
Directorio del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) acordó extender, a
partir de diciembre 2026, el alcance del encaje adicional en función del
crédito en moneda extranjera aplicable a los créditos vehicular e hipotecario.
Este instrumento ha sido utilizado por el BCRP para incentivar la reducción de
la dolarización de los créditos.
La
modificación incorpora el resto de modalidades de créditos de consumo en moneda
extranjera-con excepción de los otorgados mediante tarjetas de crédito- al
conjunto de créditos considerado para la aplicación de este encaje, el cual ya
es aplicable a los créditos vehiculares e hipotecarios. En consecuencia, a
partir de diciembre 2026, el encaje adicional se activará cuando el saldo
promedio diario de los créditos hipotecarios y de consumo, excluyendo tarjetas
de crédito, excedan el mayor entre:


