La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos
Reguladores de Servicios Públicos, que preside el legislador José Luna Morales
(PP), aprobó por unanimidad, una iniciativa que tiene como fin mejorar la
realidad económica y social del país, a través de una adecuada libre
competencia en los mercados. En efecto, el proyecto de ley 5913/2020 que
efectiviza el régimen de control previo de operaciones de contratación
empresarial, de autoría de la congresista Zenaida Solís Gutiérrez (PM), tiene
como objetivo modificar los diversos artículos de la normativa vinculada al
régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial (DU
N°013-2019) con la finalidad de lograr su efectividad, y se mantenga en el
tiempo y se adapte a la real situación económica y social del país.
La Iniciativa propone y establece diversos
mecanismos como la notificación voluntaria, que considera las operaciones de
concentración que no alcancen los umbrales económicos podrán ser notificadas al
INDECOPI de manera voluntaria, revisión de oficio de las operaciones donde se
facultaría a la Comisión de Libre Competencia para que pueda actuar de oficio
ante operaciones de concentración que puedan generar posición de dominio en el
mercado.
También se señala que la ley tenga carácter permanente.
Según el texto vigente, la Ley estará vigente por 5 años, el MEF publicará un
proyecto de reglamento a los 30 días calendario de su publicación, y que sea
revisado por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia para recomendar
mejoras normativas en el término de 1 año desde su entrada en vigencia, entre
otros aspectos.
En relación a las opiniones de la Superintendencia
de Banca y Seguros (SBS), y la Superintendencia de Mercados de Valores (SMV),
se establece que la autorización de las operaciones de concentración de las
empresas reguladas por la SBS o la SMV la efectuará el INDECOPI, previo informe
referencial de dichas autoridades en el ámbito de sus competencias. Esta regla
aplicará también para las operaciones en situación de riesgo, cuya autorización
era de competencia exclusiva de la SBS, según el texto vigente.
“En el Perú
se han opuesto permanentemente a una ley anti monopolio, que no ayuda a mejorar
los servicios para la población. Es imprescindible una norma para este caso.
Será un paso importante para fortalecer el mercado y mejorar la libre
competencia y que los monopolios y oligopolios dejen de seguir creciendo en el
país”, señaló Zenaida Solís (PM), autora del proyecto en mención.
Los parlamentarios José Ancalle Gutiérrez (FA),
Rolando Campos Villalobos (AP), José Luna (Podemos), y Carmen Omonte Durand
(APP), coincidieron en señalar la necesidad de contar con este tipo de normas
que permitan erradicar todo tipo de monopolio comercial y mejorar la libre
competencia, así como recomendaron la derogatoria del DU N° 013-2019.
“La
competencia libre y real es la que se debe dar en nuestro país, no más
oligopolios, ni monopolios. Con la aprobación de esta ley se marcará un antes y
un después para revalorar a los usuarios y consumidores del país”,
consideró el titular de ese grupo de trabajo, parlamentario José Luna
(Podemos).
En la segunda parte de la reunión, se presentó
Sergio Cifuentes Castañeda, Gerente General del Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), quien dio a conocer sus
aportes y puntos de vista sobre el estudio de los proyectos de Ley
5398/2020-CR, 5757/2020-CR y 5772/2020-CR, que proponen modificaciones
legislativas referidas al servicio de telefonía, cable e internet en nuestro
país.
Refirió que la presentación de las iniciativas en
mención es por la desconfianza que existe respecto a la no adecuada gestión por
parte de las empresas operadoras relacionadas a gestiones que realizan los
usuarios ya sea cancelaciones, migraciones de línea, suspensiones, entre otros
aspectos vinculados a los servicios que se brindan para este caso.
“El OSIPTEL, en atención a sus funciones fiscalizadora y sancionadora,
se encuentra facultado a verificar y, de ser el caso, sancionar el
incumplimiento de la VMG (Velocity Made Good) de acceso a internet de banda
ancha; por lo que la propuesta del Proyecto de Ley no constituye una nueva
regla contemplada en el ordenamiento jurídico”, manifestó el funcionario de
Osiptel.
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