Ante la alta
volatilidad que presentan los indicadores de riesgo de mercado por efectos de
la pandemia del Covid-19, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS),
mediante Resolución N° 1882-2020 -publicada en el Diario Oficial-, modificó el
Reglamento para la gestión del riesgo de mercado, para reducir el límite a la
posición global de sobrecompra en moneda extranjera de las empresas del sistema
financiero.
Así, la posición
global de sobrecompra en moneda extranjera no podrá ser superior al 10% del
patrimonio efectivo de la empresa o al promedio de las posiciones globales como
porcentaje del patrimonio efectivo que haya registrado la empresa durante el
periodo comprendido entre diciembre 2019 y mayo 2020, el que resulte mayor.
Previo a la modificación, dicha posición era de 50% del patrimonio efectivo.
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